Ahorro Obligatorio

Es el ahorro que cada asociado, mediante una cuota periódica, capta en el Fondo.

Esta cuota es de libre elección por parte del asociado y está entre el 1% y el 10% de su salario básico mensual. La mitad de este valor conforman los aportes sociales y la otra mitad se destina a su ahorro permanente. Los aportes obligatorios son la base sobre la cual se establecen los cupos de crédito del asociado de las líneas de créditos (consumo ordinario e inmobiliario).

Los aportes obligatorios solo se devuelven en el momento en el que el asociado se retira de Amigotex, (una vez te retires del Fondo, el valor ahorrado podrá ser cruzado si quedas con saldos pendientes por pagar).

Cuando AMIGOTEX genera excedentes, al asociado se le revalorizan sus aportes sociales, en proporción a lo que tenga ahorrado al momento de la repartición.

Afectación de los aportes: Los aportes sociales serán garantía de las obligaciones adquiridas por el asociado con el Fondo de Empleados (Artículo 16, Decreto 1481 de 1989).

 

AHORRO EXTRAORDINARIO.

Se podrán recibir recursos al ahorro permanente con el fin de aumentar el monto a prestar, siempre y cuando se cumpla con los requisitos establecidos desde el SARLAFT, de la siguiente manera:

*Para las demás líneas de crédito se podrá ingresar adicional 8 SMMLV en el año ($10.400.000)

 

Otros ahorros

Ahorro a la vista

AHORRO CDAT

Ahorro navideño

Ahorro obligatorio

Ahorro Disponible

Amigo ahorrito

Ahorro Vacacional

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