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Los créditos de VIVIENDA están destinados a la compra de vivienda nueva o usada, construcción de vivienda en terreno propio o cancelación de obligaciones hipotecarias con entidades financieras. Éste crédito está regulado por la ley 546 de 1999.
Permite pignoración de primas y cesantías
Para Acceder a este crédito NO se tendrá en cuenta el número de veces a prestar los ahorros Obligatorios sin que la totalidad de sus créditos supere 450 SMMLN
GARANTIA
Hipoteca abierta en primer grado sobre el inmueble objeto de compra o construcción.
La tasa de interés depende del RIESGO del asociado, así:
Se le evaluara el análisis de la capacidad de pago y comportamiento externo para determinar el nivel de riesgo.
El costo del avalúo será asumido por el asociado y/o el Fondo según el salario asociado así:
Plazo Máximo: | 15 años. |
Monto Máximo: | 250 SMMLV |
Tasa de Interés: | Ésta dependerá del nivel del RIESGO del asociado:
· Riesgo Muy Bajo y Bajo la tasa es 0,70% nominal mensual. · Riesgo Medio la tasa es 0,85%, nominal mensual. |
Requisitos generales: | -El monto del crédito solo podrá ser hasta el 70% del valor comercial del inmueble. En los créditos para la compra de vivienda de interés social puede llegar hasta el 80% del valor comercial, no obstante la garantía siempre se toma sobre el 70% del valor comercial.
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El área Jurídica del Fondo de Empleados Amigotex solicitará la documentación legal requerida para el estudio de títulos y el estudio en listas vinculantes.
Antigüedad mínima de 30 días en Amigotex.
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